Con motivo de los últimos cambios legislativos y de los controles realizados por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo sobre algunos de los fabricantes con homologación europea de remolques O1 según la directiva 2007/46/CE, inferiores a 750 kg, y teniendo en cuenta que:
- En España y de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1 del RD 750/2010 existe la posibilidad de matriculación y de puesta en circulación de vehículos.
2. Para el caso de remolques O1 (menores de 750 kg) no se necesita matriculación en España, de acuerdo a lo indicado en el Reglamento General de Vehículos en su artículo 25.
3. Para el caso de los remolques O1 (menores de 750 kg) si se debe realizar una puesta en circulación, siendo para ello necesario comunicar el contenido de la tarjeta a la DGT, según se indica en el RD 750/2010 en el apartado 1.6 del anexo XII.
Por tanto, la DGT ha establecido un protocolo para poder dar cumplimiento a los requisitos establecidos en el RD 750/2010 en cuanto a la comunicación de los datos de la tarjeta ITV por parte de los fabricantes:
Los fabricantes de remolques O1 remitirán por correo ordinario las copias de las fichas ITV en un plazo máximo de tres meses desde la comercialización del vehículo. La documentación que deberán aportar será:
- Copias de las tarjetas ITV de los remolques O1.
- Relación que especifique los bastidores de los remolques cuya ficha ITV se ha remitido a la DGT.
- Dirección de notificaciones del fabricante de remolques O1.
La DGT, una vez recibida la documentación, revisará las copias de las tarjetas ITV recibidas y comprobará la relación proporcionada por el fabricante para confirmar que los datos sean correctos.
Si todo es correcto, la DGT sellará la relación que identifica los bastidores con la fecha de entrada de los documentos en DGT, que deberá ser considerada como la fecha de puesta en servicio de los vehículos. La DGT remitirá al fabricante de remolques O1 una copia de dicha relación sellada a la dirección de notificaciones proporcionada para que pueda acreditar la fecha de puesta en servicio de sus vehículos.
Las copias de las fichas ITV proporcionadas a la DGT únicamente tendrán como finalidad acreditar la fecha de puesta en servicio de dichos vehículos.
La dirección a la que los fabricantes de remolques O1 deben dirigir todos los envíos es:
SUBDIRECCION GENERAL GESTION DE LA MOVILIDAD
SUBDIRECCION ADJUNTA DE VEHICULOS
C/ JOSEFA VALCARCEL, 44
28071 MADRID
Nota: texto extraído de comunicación DGT con fecha 24 de Junio de 2016.







