Se considera conjunto euromodular al conjunto de vehículos que tiene más de seis líneas de eje o más de dos módulos y, cada uno de estos módulos son vehículos que, de manera individual, están dentro de los valores máximos de masas y dimensiones establecidos en el anexo IX del Reglamento General de Vehículos para los distintos tipos de ejes, vehículos a motor, remolques y semirremolques.
A efectos de recuento de módulos, los remolques convertidores conocidos como “dolly” o diábolos, equipados con un acoplamiento de quinta rueda destinado a sostener un semirremolque para que actúe como un remolque, cuenta como un módulo más.
Los conjuntos euromodulares podrán alcanzar como valores máximos de conjunto los 32 metros de longitud y las 72 toneladas y, en ningún caso podrán superar los valores máximos de masa por eje establecidos para cada eje, según su tipo.
Para circular por vías de uso público, abiertas al tráfico general de usuarios, los conjuntos euromodulares necesitan una autorización que podrás solicitar a la autoridad competente en materia de tráfico y seguridad vial.
Uno de los documentos necesarios es un Certificado técnico de conjunto que contenga:
- Croquis del alzado. Escala 1:200
- Distribución de la Masa Máxima de Conjunto entre los ejes.
- Justificación de la capacidad suficiente de tracción de las cabezas tractoras.
- Cálculo del radio interior y exterior de giro.
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